La distinción es esencial y sin embargo las
fronteras son borrosas. Un recuento preciso y resumido de los intentos, los
fracasos y las medidas recientes del gobierno para “formalizar” a los
“artesanales” y perseguir a los “criminales”. ¿Será que no los confunde?
María del Pilar Pardo*
“Minería criminal” es “el combustible de buena
parte de la violencia en el país”: Juan Manuel Santos. Foto:
Presidencia.
Mayoría ilegal
En Colombia, al igual que en otros
países en América Latina, la mineríade hecho o informal ha sido una forma
ancestral de subsistencia para muchas comunidades y familias, que conlleva el
uso de métodos empíricos de producción, altos costos de explotación y serios
impactos ambientales. De las cifras presentadas por el Ministerio de Minas y
Energía — y una vez analizados los datos del censo minero 2009-2011 — se
concluye que existen 14.357 Unidades de Producción Minera (UPM), el 56 por
ciento de las cuales declara no tener ningún tipo de título minero.
La gráfica siguiente presenta el desglose de la situación jurídica de los
títulos mineros a diciembre de 2011:
Fuente: Censo Minero Colombiano.
Frente a esta situación, el gobierno ha
prendido las alarmas y decidió iniciar un proceso de formalización de la
minería de hecho, así como adoptar un paquete de medidas para combatir lo que
denominó “minería criminal”. En palabras del propio presidente Santos Redacción
Política [1].
Cinco intentos de formalización
- Entre
las experiencias de formalización y de legalización de actividades mineras
en Colombia, debo destacar cómo en 1993 se intentó modificar el régimen de
contratación y legalizar 1.475 hectáreas de explotación de esmeraldas. Se
esperaba recuperar al menos 700 millones de pesos a favor de Minerales de
Colombia (Mineralco). Este intento no tuvo mucho éxito, pues logró
apenas “15 empresas constituidas legalmente y con permiso del gobierno para realizar
explotaciones”
- Otro
intento importante se dio en 1994, cuando el gobierno ofreció a los
mineros informales la posibilidad de legalizar su labor y al mismo tiempo
de acceder a créditos, a asistencia técnica y otros programas de apoyo
oficial. Para acceder a estos incentivos se requería diligenciar un
formulario que recibió el nombre de título minero. Se logró que un 14,5 por ciento — es decir, 566 solicitudes — formalizara su
actividad.
- El anterior Código de Minas (Decreto 2655 de
1998) permitía la legalización de explotadores de depósitos y yacimientos
mineros sin título vigente, dando 6 meses para solicitarlo y dándoles
prelación sobre las minas que ya venían explotando. No hay datos sin
embargo sobre el número de beneficiarios que se acogieron a esta
disposición.
- Por su parte, en el artículo 58 de la ley 141 de 1994 (antigua Ley de
Regalías) se estableció un proceso para legalizar explotaciones de
hecho de pequeña minería, que hubieran estado ocupadas en forma
permanente hasta noviembre de 1993, y les confirió 6 meses a partir de su
vigencia para que presentaran la solicitud de licencia, permiso o contrato
de explotación; la autoridad competente debía legalizar la explotación en
un plazo no mayor de 1 año.
- Una experiencia más: el actual Código de Minas
(Ley 685 de 2001) establece que los explotadores de minas de propiedad
estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional deberán
solicitar en el término de tres años contados a partir del 1º de enero de
2002, que les sean otorgadas en concesión las minas, llenando para el
efecto todos los requisitos de fondo y de forma, siempre que el área
solicitada se halle libre para contratar. Esta disposición fue remozada
por la Ley 1382 de 2010, que otorgo dos años más de plazo para la
legalización de la minería de hecho. Evidentemente, tampoco ha dado
frutos.
Nueva cruzada
A comienzos de su gobierno, el
presidente Santos anunció en la revista Dinero una nueva cruzada
contra la minería “ilegal”, tratando de distinguirla de la informal: “Existe un
número importante de mineros artesanales, de mineros informales. A ellos les
decimos: no se preocupen, vamos a formalizarlos. Vamos a proveer los
instrumentos y los mecanismos para que ellos se formalicen y puedan explotar
los minerales en forma correcta, respetando el medio ambiente, respetando el
entorno, no derramando cianuro o mercurio en el agua, que después acaba con
nuestros peces o con las vidas humanas”.
Dos años después de estas
declaraciones, los colombianos seguimos viendo los mismos titulares: en días
pasados nuevamente el presidente Santos afirmaba en la página electrónica de
Presidencia de la República:“Vamos con todo contra la minería ilegal”.
El mandatario aclaró que habrá "mano generosa" para ayudar a la
minería artesanal que quiera formalizarse, e indicó que hay 30 mil millones de
pesos disponibles para la formalización, pero también anunció "mano dura y
contundente contra la minería criminal" (el anexo al final de este
artículo presenta la definición de los distintos tipos de minería que reconocen
las autoridades colombianas, donde no figura la minería “criminal”).
Muchos colombianos, al igual que yo,
nos preguntamos: ¿qué se está haciendo mal? ¿Por qué seguimos cometiendo los
mismos errores? ¿Habrá evaluado el gobierno las medidas citadas más arriba para
no repetir los errores del pasado?
Se pretende utilizar un sistema de rastreo para
toda la maquinaria que ingrese al país, con el fin de evitar el contrabando.
Foto: armada.mil.co
Qué ha hecho el gobierno Santos
- El 21
de septiembre de 2012 se expidió el Decreto 1970, que faculta
temporalmente a la autoridad minera o su delegada para adelantar “los
trámites de legalización de la actividad minera para explotadores, grupos
y asociaciones que acrediten ser mineros tradicionales y que exploten
minas de propiedad estatal sin título minero inscrito en el Registro
Minero Nacional”. Esta norma establece los requisitos, el procedimiento y
los beneficios para quienes se acojan a esta nueva oportunidad [2].
- Se
pretende utilizar un sistema de rastreo para toda la maquinaria que
ingrese al país, con el fin de evitar el contrabando.
- En
julio de 2012 fue adoptada la Política Andina de Lucha contra la Minería
Ilegal, mediante la Decisión 774, definida por el Consejo Andino de Ministros
de Relaciones Exteriores. Según la Decisión, “"Los Países Miembros se
encuentran facultados para decomisar e incautar, inmovilizar, destruir,
demoler, inutilizar y neutralizar los bienes, maquinaria, equipos e
insumos utilizados en la minería ilegal, para lo cual los Gobiernos
reglamentarán la oportunidad y el procedimiento respectivo, a fin de hacer
efectivas estas medidas"[3].
En desarrollo de esta decisión, el Ministerio de Defensa Nacional expidió el Decreto 2235 del 3 de octubre de 2012, que autoriza a la Policía Nacional a destruir la maquinaria pesada o sus partes que se utilicen en actividades de exploración o explotación de minerales sin las autorizaciones y exigencias previstas en la ley.
4. Por otra parte, el gobierno ha
decidido combatir la mineríacriminal mediante dos herramientas:
i. Aumento de controles –licencia
previa y otros restricciones- sobre la importación de maquinaria para evitar su
uso en minería “criminal”; el Decreto 2261 de 2012 avanzó en este sentido [4].
ii. Tipificación del delito de minería ilegal, proyecto que será radicado próximamente en el Congreso. Aunque las normas penales vigentes permiten judicializar estas actividades por sus impactos sobre el medio ambiente, el presidente lamenta que“lo único que podemos hacer es castigarlo por causar un daño grave contra el medio ambiente (énfasis añadido)”.
ii. Tipificación del delito de minería ilegal, proyecto que será radicado próximamente en el Congreso. Aunque las normas penales vigentes permiten judicializar estas actividades por sus impactos sobre el medio ambiente, el presidente lamenta que“lo único que podemos hacer es castigarlo por causar un daño grave contra el medio ambiente (énfasis añadido)”.
5. El proyecto de ley que pretende
reformar el Código de Minas y que actualmente se encuentra en consulta,
establece la posibilidad de declarar “Áreas Especiales de Formalización Minera.
También contempla beneficios graduales respecto de la obligación del pago de
cuotas y derechos, y crea el Fondo de Formalización Minera y de Apoyo a la
Pequeña Minería (FORMI).
Dos cosas
muy distintas
Con esta
nueva batería de normas, el gobierno está tratando de hacer frente a dos
problemas distintos: el primero, formalizar la minería de hecho; el
segundo, atacar lo que se ha denominado minería criminal. Esperemos que
estas cosas no se mezclen ni confundan para que no se cumpla el pronóstico de
la Defensoría del Pueblo.
En Colombia
existen 14.357 Unidades de Producción Minera (UPM), el 56 por ciento de las
cuales declara no tener ningún tipo de título minero.Foto: Cortolima
En
efecto, en su informe Minería de Hecho en Colombia – publicado en
diciembre de 2010 – la Defensoría nota que “legalizar una actividad minera,
para los pequeños mineros puede ser un proceso tortuoso y de alto costo en
tiempo y dinero, frente a las limitadas ventajas que ofrece…Además, en las
áreas remotas donde trabajan, el gobierno nacional y las autoridades
territoriales generalmente carecen de capacidad para regular, controlar o
apoyar estas actividades distantes.”
“Sin
embargo, en muchos casos el gobierno ha optado por noreconocer las
actividades de los pequeños mineros de hecho, hasta el punto de perseguirlos y
aplicarles prohibiciones, tal como lo denuncian los mineros del municipio de
Ayapel (Córdoba) y del Bajo Cauca antioqueño… Esto sucede, de igual manera, si
los derechos a las tierras no son reconocidos o si los costos de salud,
seguridad, ambientales y sociales de estas actividades son considerados
demasiado altos con respecto a los beneficios” [5].
* Gerente
de Gestión Ambiental Estratégica.
--
Artículo
tomado de Razón
Pública
Somos la Asociación de Mineros Tradicionales del Alacran del Municipio de Puerto Libertador Córdoba.
ResponderEliminarGracias por la informaci{on compartida por ustedes en esta pagina...
El gobierno de santos es un asco .solo mata a los mineros artesanales y los despoja para darle lugar al extrangero vendiendole titulos mineros a los gringos
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
Eliminary ahora hay otro problema con la formalizacion de la mineria tradicional, con la suspension provicional del decreto 0933 de 2013, esto pasa cuando una entidad como el ministerio de minas hace trampa para copiar y pegar una ley que ya estaba declarada inexequible para volverla decreto de la forma mas absurda. Ahora a los mineros que estaban en un proceso de formalizacion ya no son nadie y seran catalogados como ilegales. es algo bochornoso
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